Condiciones del Programa de Partners de Subai
Versión 1.0 — vigente desde el 24 de octubre de 2026
1. Titular y Objeto
El Programa de Partners de SUBAI (en adelante, el «Programa») es ofrecido por Eivor Systems S.L., CIF B-76.281.666, con domicilio social en Calle Antonio María Manrique, 6, Oficina 1-E, 35011 Las Palmas de Gran Canaria, inscrita en el Registro Mercantil de Las Palmas, Tomo 2167, Folio 69, Sección 8, Hoja GC 52431, Inscripción 1 (en adelante, «Eivor»). Correo de contacto: info@eivor.es.
El Programa permite que profesionales y empresas (en adelante, el «Partner») recomienden SUBAI, plataforma de gestión de subvenciones públicas, a sus propios clientes y perciban una comisión por ello.
2. Quién Puede Participar
Pueden solicitar su alta asesorías fiscales o laborales, consultoras, despachos de abogados y otros profesionales que presten servicios a empresas. Eivor revisa cada solicitud y puede aceptarla o rechazarla. La aprobación no es automática y no genera derecho alguno hasta que Eivor la comunique. El Partner garantiza que los datos de su solicitud son veraces y se compromete a mantenerlos actualizados.
3. Planes del Canal
Referidor (gratuito): alta gratuita, sin tarjeta y sin permanencia. Incluye código y enlace de referido, panel de comisiones y derecho a la comisión descrita en la cláusula 5.
Experto (opcional, de pago): 29 € al mes o 278 € al año, impuestos incluidos. Incluye ficha en el directorio público de expertos, contactos directos de empresas y herramientas adicionales. La cuota se cobra por adelantado. El Partner puede solicitar la baja del plan Experto desde su portal; la baja se hace efectiva al finalizar el periodo ya pagado, durante el cual conserva sus herramientas. Las cuotas ya abonadas no se reembolsan, sin perjuicio de los derechos que la normativa imperativa reconozca al Partner. Eivor podrá modificar el precio del plan Experto para periodos futuros, comunicándolo con al menos 30 días de antelación.
4. Atribución de Clientes
Un cliente se atribuye al Partner únicamente si introduce el código del Partner en el momento de su registro en SUBAI. Cada cliente (organización) puede tener una única atribución activa. La atribución permanece activa mientras el cliente siga siendo cliente de SUBAI, sin límite de meses, salvo cancelación por fraude, error acreditado o baja del Partner en los términos de la cláusula 10.
El Partner no tiene derecho a comisión por clientes registrados sin su código, por clientes que ya existieran antes del uso de su código ni por facturas anteriores a la fecha de la atribución. Eivor no modificará atribuciones existentes salvo error acreditado o fraude.
5. Comisión
5.1. El Partner percibe una comisión del 15 % del importe efectivamente cobrado al cliente atribuido en cada factura de suscripción de SUBAI, a partir de la fecha de la atribución y mientras la atribución siga activa. La comisión se calcula sobre el importe cobrado en la factura, impuestos incluidos, tal y como se factura al cliente. El importe de la comisión se entiende con impuestos incluidos: el impuesto indirecto que corresponda según la ubicación fiscal del Partner en España (IVA, IGIC, IPSI u otro aplicable, o su exención) está comprendido en esa cantidad y no se suma a ella. Es recurrente: se devenga en cada cobro, mensual o anual, sin límite de meses y sin tope de clientes referidos ni de importe de comisión.
5.2. No generan comisión: los packs de créditos y cualquier otro pago único; el módulo Experto de otros partners; los importes no cobrados, impagados o gratuitos.
5.3. Las comisiones se calculan en euros y se redondean al céntimo. Cada comisión queda registrada y vinculada a la factura que la origina.
5.4. Si un cobro que dio lugar a una comisión se reembolsa total o parcialmente, o se anula, la comisión se reduce en la misma proporción mediante un asiento negativo. Eivor compensará esa reducción con comisiones pendientes o futuras del Partner. Si el Partner no tuviera comisiones suficientes, Eivor podrá reclamarle la parte de comisión ya pagada que corresponda a importes reembolsados.
5.5. Eivor podrá modificar el porcentaje o las condiciones comerciales de la comisión solo para facturas futuras, con un preaviso de 30 días comunicado por correo y en el portal del Partner. Las comisiones ya devengadas no se verán afectadas.
6. Liquidación y Pago
6.1. Eivor agrupa las comisiones pendientes por periodos y liquida únicamente los periodos cuyo saldo total sea positivo. Eivor podrá fijar un importe mínimo de liquidación y un plazo de maduración de las comisiones, comunicándolos con 30 días de antelación en el portal del Partner.
6.2. El pago se realiza por transferencia mediante Stripe Connect, previo alta y verificación del Partner en esa plataforma o, excepcionalmente, por transferencia bancaria manual, que quedará siempre identificada con una referencia de pago.
6.3. Si el pago falla (por ejemplo, porque la cuenta de cobro no está verificada), la liquidación queda pendiente de resolución y no se tendrá por pagada hasta que se complete. El Partner es responsable de mantener operativa su cuenta de cobro.
6.4. Obligaciones fiscales: el Partner emitirá a Eivor la factura correspondiente a las comisiones liquidadas, en la que desglosará, dentro del importe liquidado, el impuesto indirecto que corresponda según su ubicación fiscal en España (IVA, IGIC, IPSI u otro aplicable, o la exención que proceda). Eivor podrá practicar las retenciones que la ley exija. Cada parte responde de sus propias obligaciones tributarias.
7. Conducta del Partner
El Partner se compromete a:
a) Promocionar SUBAI de forma veraz, sin afirmar garantías de obtención de subvenciones ni condiciones no ofrecidas por Eivor.
b) No enviar comunicaciones comerciales no solicitadas ni infringir la normativa de protección de datos y de comercio electrónico.
c) No utilizar su código para atribuirse a sí mismo o a sociedades vinculadas con el fin de obtener la comisión, ni de forma fraudulenta o artificial.
d) Usar las marcas y materiales de SUBAI solo con autorización y conforme a las instrucciones de Eivor.
8. Propiedad Intelectual
SUBAI y sus signos distintivos son titularidad de Eivor. El Programa no concede ninguna licencia, salvo el uso limitado indicado en la cláusula 7.d).
9. Protección de Datos
Eivor trata los datos de contacto y fiscales del Partner para gestionar el Programa, con base en la ejecución del contrato y en el cumplimiento de obligaciones legales, conforme al Reglamento (UE) 2016/679 y la Ley Orgánica 3/2018. El Partner puede ejercer sus derechos escribiendo a info@eivor.es.
A través de su portal, el Partner accede únicamente a la denominación de las organizaciones referidas, su fecha de alta y estado, y a los importes de sus comisiones y liquidaciones. Eivor no cede al Partner otros datos personales de sus clientes.
Si el Partner contrata el plan Experto, Eivor le transmitirá los mensajes de contacto que las empresas le dirijan a través del directorio (nombre, correo, teléfono, empresa y mensaje). Desde ese momento el Partner tratará esos datos como responsable independiente y deberá cumplir la normativa de protección de datos.
10. Duración y Baja
El Programa es de duración indefinida y sin permanencia. El Partner puede darse de baja en cualquier momento. Eivor puede suspender o dar de baja al Partner por incumplimiento de estas condiciones, fraude o uso abusivo, o poner fin al Programa con un preaviso de 30 días.
La baja no afecta a las comisiones ya devengadas y pagaderas conforme a la cláusula 6, salvo en caso de fraude. Tras la baja no se devengarán nuevas comisiones.
11. Responsabilidad
Eivor no garantiza un volumen mínimo de clientes ni de ingresos para el Partner. Eivor no responderá de daños indirectos ni de lucro cesante, salvo en caso de dolo o negligencia grave y sin perjuicio de la responsabilidad que la ley no permita excluir.
12. Cambios en las Condiciones
Eivor podrá actualizar estas condiciones comunicándolo al Partner por correo electrónico y en su portal con al menos 30 días de antelación. Si el Partner no está de acuerdo, podrá darse de baja antes de que entren en vigor; el uso del Programa tras ese plazo supone la aceptación de la nueva versión.
13. ley Aplicable y Jurisdicción
Estas condiciones se rigen por la legislación española. Para cualquier controversia, las partes se someten a los juzgados y tribunales de Las Palmas de Gran Canaria, salvo que la normativa imperativa establezca otro fuero.
Contrato de Colaboración Comercial — Partner de Subai
Versión 1.0 — vigente desde el 24 de octubre de 2026
Reunidos
De una parte, Eivor Systems S.L., CIF B-76.281.666, con domicilio social en Calle Antonio María Manrique, 6, Oficina 1-E, 35011 Las Palmas de Gran Canaria, inscrita en el Registro Mercantil de Las Palmas, Tomo 2167, Folio 69, Sección 8, Hoja GC 52431, Inscripción 1 (en adelante, «Eivor»).
De otra parte, el Partner identificado en su solicitud de alta, con los datos de razón social o nombre comercial, NIF/CIF, domicilio y persona de contacto que figuran en ella (en adelante, el «Partner»).
Ambas partes se reconocen capacidad suficiente para contratar y
Exponen
I. Que Eivor explota SUBAI, plataforma de gestión de subvenciones públicas.
II. Que el Partner presta servicios profesionales a empresas y desea recomendar SUBAI a sus clientes a cambio de una comisión.
III. Que el Partner ha solicitado su alta en el Programa de Partners de SUBAI y ha sido aceptado por Eivor.
Estipulan
PRIMERA. OBJETO. Regular la colaboración por la que el Partner recomienda SUBAI a terceros y Eivor le abona la comisión prevista en las Condiciones del Programa de Partners.
SEGUNDA. NATURALEZA INDEPENDIENTE. La relación entre las partes es de naturaleza mercantil y no laboral. El Partner actúa en nombre y por cuenta propia, con su propia organización y medios, sin facultad para representar, obligar ni contratar en nombre de Eivor, ni para fijar precios o condiciones de SUBAI. No existe exclusividad por ninguna de las partes. La comisión pactada constituye la única remuneración del Partner por esta colaboración y las partes acuerdan que no genera ningún otro derecho de compensación o indemnización a la finalización del contrato, salvo los que la ley reconozca con carácter imperativo.
TERCERA. CONDICIONES DEL PROGRAMA. Forman parte de este contrato, y el Partner declara conocer y aceptar, las Condiciones del Programa de Partners vigentes, que regulan la atribución de clientes, la comisión, la liquidación y el pago, la conducta del Partner, los planes del canal y su baja. En caso de contradicción, prevalece este contrato.
CUARTA. OBLIGACIONES DE EIVOR. Entregar al Partner su código y enlace de referido y el acceso a su portal; calcular y registrar las comisiones devengadas con trazabilidad a la factura que las origina; liquidar y pagar conforme a las Condiciones; y mantener la confidencialidad de la información del Partner.
QUINTA. OBLIGACIONES DEL PARTNER. Promocionar SUBAI de forma veraz y lícita; cumplir las normas de conducta de las Condiciones; mantener veraces sus datos y su cuenta de cobro; y responder de sus obligaciones fiscales y profesionales.
SEXTA. COMISIONES Y PAGO. Se rigen por las cláusulas 5 y 6 de las Condiciones del Programa de Partners. El Partner acepta que los importes reembolsados o anulados reducen la comisión correspondiente.
SÉPTIMA. CONFIDENCIALIDAD. Cada parte mantendrá en secreto la información no pública de la otra a la que acceda por esta colaboración, durante la vigencia del contrato y durante dos años después de su terminación.
OCTAVA. PROTECCIÓN DE DATOS. Cada parte tratará los datos personales a los que acceda con motivo de este contrato conforme al Reglamento (UE) 2016/679 y la Ley Orgánica 3/2018, como responsable independiente de los tratamientos que realice para sus propias finalidades. Eivor no cede al Partner datos personales de sus clientes más allá de lo indicado en la cláusula 9 de las Condiciones del Programa. Cuando Eivor transmita al Partner mensajes de contacto de empresas a través del directorio de expertos, el Partner los tratará como responsable independiente.
NOVENA. PROPIEDAD INTELECTUAL Y MARCAS. Eivor conserva todos los derechos sobre SUBAI. El Partner podrá usar la denominación SUBAI únicamente para promocionar el servicio y conforme a las instrucciones de Eivor, y dejará de usarla al terminar el contrato.
DÉCIMA. DURACIÓN Y RESOLUCIÓN. El contrato es de duración indefinida desde su aceptación y sin permanencia. Cualquiera de las partes puede resolverlo con un preaviso de 30 días por escrito. Eivor puede resolverlo de forma inmediata en caso de fraude, incumplimiento grave o conducta que dañe la imagen de SUBAI. Las comisiones ya devengadas y no afectadas por fraude o reembolso se liquidarán conforme a las Condiciones.
UNDÉCIMA. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD. Eivor no garantiza un volumen mínimo de clientes ni de ingresos y no responderá de daños indirectos ni de lucro cesante, salvo en caso de dolo o negligencia grave y sin perjuicio de la responsabilidad que la ley no permita excluir.
DUODÉCIMA. COMUNICACIONES. Las comunicaciones entre las partes se harán por el correo electrónico facilitado en la solicitud de alta y a través del portal del Partner.
DECIMOTERCERA. LEGISLACIÓN Y JURISDICCIÓN. Este contrato se rige por la legislación española. Para cualquier controversia, las partes se someten a los juzgados y tribunales de Las Palmas de Gran Canaria, salvo que la normativa imperativa establezca otro fuero.
ACEPTACIÓN. El Partner acepta este contrato y las Condiciones del Programa al presentar su solicitud de alta y, en todo caso, al utilizar su código de referido tras la aprobación de su alta por Eivor.